Jueves 28 de Marzo de 2024

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  • 20.1º

TRES LOMAS

27 de abril de 2020

COMITÉ DE EMERGENCIA COVID - 19

Luego de realizada su reunión del día de la fecha, el Comité de Emergencia Covid-19 del distrito de Tres Lomas informa a la comunidad...

1. El Intendente realiza una evaluación de las medidas tomadas por el comité desde el comienzo de su funcionamiento. El comité le dio tratamiento a las mismas y se decidió continuar con estas hasta el 10 de mayo.
2. Se leyeron notas recibidas con posibles nuevas exenciones. Sobre las mismas se decide no dar curso, por ser actividades que no se encuentran autorizadas por los decretos presidenciales.
3. Se dio a conocer el monto recaudado en la cuenta habilitada a tal fin. El mismo asciende a $520.000.-
4. Sobre los pacientes cultivados y aislados en nuestro hospital, el Secretario de Salud informa que aún no se recibieron los resultados de los hisopados. Informa también que hay 16 personas aisladas preventivamente, no habiendo al momento casos confirmados de COVID19 en el distrito.
5. El Intendente informa sobre la video conferencia que mantuvo con el Gobernador, en la que intercambiaron opiniones respecto de algunas medidas que el gobierno provincial había tomado respecto del acompañamiento que la policía debía prestar a los operativos de prevención. Luego de la reunión virtual, las medidas fueron revistas y se permitió que los efectivos sigan acompañando los operativos de control.
6. El intendente informó sobre un análisis realizado con el Jefe de Gabinete, respecto de la gente que por las medidas gubernamentales y por decisión propia, ha dejado de circular en el distrito desde el comienzo del aislamiento social obligatorio. El mismo estima que alrededor 80.074 personas dejaron de circular por mes.
7. De acuerdo al Decreto 408/2020 del Presidente de la Nación, que autoriza salidas de esparcimiento, se definió el plan que se detalla a continuación:

a. El Señor Presidente de la Nación dictó el Decreto 408/2020, que en su artículo 8° establece:
“ARTÍCULO 8º.- Las personas que deben cumplir el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” podrán realizar una breve salida de esparcimiento, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico, sin alejarse más de QUINIENTOS (500) metros de su residencia, con una duración máxima de SESENTA (60) minutos, en horario diurno. No se podrá usar transporte público o vehicular y se deberá guardar en todo momento un distanciamiento físico entre peatones no menor a DOS (2) metros, salvo en el caso de niños y niñas de hasta DOCE (12)
años de edad, quienes deberán realizar la salida en compañía de una persona mayor conviviente. En ningún caso se podrán realizar aglomeramientos o reuniones y se deberá dar cumplimiento a las instrucciones generales de la autoridad sanitaria. Para esta salida se
recomienda el uso de cubre boca, nariz y mentón o barbijo casero. Las autoridades locales dictarán las correspondientes normas reglamentarias y, en atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo en los distintos Delegaciones o Partido de la
jurisdicción a su cargo, podrán incluso determinar uno o algunos días para ejercer este derecho, limitar su duración y, eventualmente, suspenderlo con el fin de proteger la salud pública” QUIENES OPTEN POR REALIZAR LAS SALIDAS DE ESPARCIMIENTO , PREVIAMENTE Y A PARTIR DEL MARTES 28/4 DEBERAN SOLICITAR LA AUTORIZACION EN LA OFICINA MUNICIPAL DE 08 A 12 HS., donde se les entregará una oblea que lo habilitará a circular en las distancias permitidas de su domicilio (la misma deberá ser portada por el caminante al momento de desplazarse).
b. Se sugiere que la salida de esparcimiento es una posibilidad que tienen todas y todos las/os ciudadanas/os pero es CONVENIENTE EVITARLAS. Se mantiene la RECOMENDACIÓN DE EVITAR LAS SALIDAS, reduciéndolas al mínimo posible.
c. Las salidas no podrán extenderse por fuera de los 500 metros del domicilio de la persona, NI COMPARTIRSE CON NINGUNA PERSONA NO CONVIVIENTE.
d. Las salidas NO IMPLICAN ENCUENTROS, AGLOMERAMIENTOS Y/O REUNIONES ENTRE DOS O MAS PERSONAS, por más que ninguno de ellos haya excedido los 500 metros desde su domicilio. La autorización de salida no implica permiso de reunirse ni estacionarse para compartir con otras u otros ciudadanos.
e. Las y los niños menores de 12 años DEBERÁN SALIR ACOMPAÑADOS DE SOLO UN ADULTO CONVIVIENTE. No está permitida la salida de menores con adultos no convivientes.
f. LA SALIDA NO IMPLICA LA POSIBILIDAD DE CONCURRIR A OTRAS VIVIENDAS, aunque estas estén a menos de 500 metros desde el domicilio de quien sale. Habilitar salidas NO IMPLICA PERMITIR VISITAS A OTRAS VIVIENDAS O LOCALES.
g. La posibilidad de salida con niñas o niños menores es exclusivamente con fines de esparcimiento, NO ES POSIBLE CONCURRIR CON ELLOS A COMERCIOS. Los comercios continúan con la prohibición de permitir el ingreso a más de una persona por grupo familiar, con lo cual no podrán permitir el ingreso de un padre o madre con sus hijas o hijos.
h. Durante las salidas NO SE REALIZARÁN DEPORTES (correr, andar en bicicleta, etc.) aunque no se excedan los 500 metros desde el domicilio.
i. Las salidas no incluyen la posibilidad de concurrir a plazas, parques o bici sendas, aunque éstas, estén a menos de 500 metros del domicilio. LAS PLAZAS, PARQUES Y BICI SENDAS PERMANECERÁN CERRADOS AL PÚBLICO, dado que los juegos infantiles y otras áreas de las mismas favorecen los contagios.

j. La salida IMPLICA OBLIGATORIAMENTE EL CUMPLIMIENTO DE LAS DEMAS MEDIDAS DE SEGURIDAD: uso de máscara comunitaria, mantener distancia de 2 metros hacia cualquier otra persona, realizar frecuente lavado de manos.
k. Cada ciudadana/o tiene permiso de salida máximo de SESENTA MINUTOS (60) por día, no acumulable los días posteriores (es decir, si no se salió un día no implica que se pueda salir dos horas al siguiente).
l. El horario permitido para salidas de esparcimiento es de una hora diaria, de 13,30 a 14,30 horas. Se permitirán solo los días: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES.
ll. El Comité hace un LLAMADO A LA RESPONSABILIDAD A TODAS Y TODOS LOS CIUDADANOS respecto del cumplimiento de las presentes indicaciones. Del cumplimiento responsable de las mismas dependerá la continuidad o no de las breves salidas de esparcimiento.
m. El Comité realizará una evaluación periódica de la forma en que se están realizando las salidas de esparcimiento, MEDIANTE INSPECTORES AUTORIZADOS AL EFECTO y podrá revocar la autorización ante cualquier incumplimiento, tal como lo establece explícitamente el decreto presidencial de referencia.
n. La transgresión de las presentes indicaciones por parte de algunas/os ciudadanas/os puede implicar la revocatoria del permiso, por tanto LA CONTINUIDAD DE LA AUTORIZACIÓN A SALIDAS DE ESPARCIMIENTO DEPENDE EXCLUSIVAMENTE DEL GRADO DE CUMPLIMIENTO INDIVIDUAL DE LA MISMA.
ñ. SI TODAS Y TODOS CUMPLEN CON LAS INDICACIONES, LAS SALIDAS DE ESPARCIMIENTO TENDRAN CONTINUIDAD, por ende, todas y todos las/os ciudadanas/os son responsables de cumplir y hacer cumplir las presentes normas a familiares, vecinos, amigos u ocasionales transeúntes.


LA CONTINUIDAD DE LA AUTORIZACION PARA REALIZAR SALIDAS DE ESPARCIMIENTO DEPENDERÁ DEL GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LAS NORMATIVAS ESTABLECIDAS EN ESTE PLAN, POR PARTE DE TODAS Y TODOS.

HOY MÁS QUE NUNCA SE APELA A LA RESPONSABILIDAD CIUDADANA A LA HORA DE CUMPLIR LOS PERÍODOS DE AISLAMIENTO SOCIAL Y CUARENTENA.

Se solicita que cada familia organice sus compras de manera tal, de disminuir al máximo posible la circulación por las calles y comercios.

Se recuerda que se aplicarán sanciones a quien no cumpla con dichas medidas de preventivas.

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