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TRES LOMAS

27 de septiembre de 2013

RETENDRAN EL CARNET DE CONDUCIR POR NO CONTAR CON LA VTV Y SECUESTRARAN LOS MOTOVEHICULOS POR ESCAPES LIBRES Y RUIDOS MOLESTOS

La policía de Tres Lomas dio a conocer un comunicado en el que señala que " Los vehículos que no cumplan con las exigencias de seguridad reglamentarias (VTV) se procederá a la retención preventiva del carnet de conducir, labrándose el acta de infracción correspondiente, también será motivo de retención cuando estuvieren vencidas, no se ajusten a los límites de edad correspondiente, cuando se encuentren adulteradas (en este caso Aprehensión del portador por Falsificación de documento, con intervención de la Justicia Penal)".
Además expresa que "se procederá al secuestro de los vehículos que hayan sufrido alteraciones o modificaciones fuera de fábrica o las condiciones fácticas verificadas en la planta de verificación de la Comisaría locl o de las que se hallan especificadas en el Registro Nacional del Automotor (comprende defensas en la parte delantera, caño de escapes que no cumplan con los requisitos de VTV, en el caso de los motovehículos caños de escapes libres y que producen ruidos molestos) y a quienes no tengan el seguro obligatorio ".
Más información en el interior de la nota donde se publica el comunicado completo firmado por el comisario Samuel Pierolivo.

A través de la presente me dirijo a Ud. a los fines de que por su intermedio se difunda en el medio periodístico a su cargo, la siguiente información:

1-. Los vehículos que no cumplan con las exigencias de seguridad reglamentarias (VTV) se procederá a la retención preventiva del carnet de conducir, labrándose el acta de infracción correspondiente, también será motivo de retención cuando estuvieren vencidas, no se ajusten a los límites de edad correspondiente, cuando se encuentren adulteradas (en este caso Aprehensión del portador por Falsificación de documento, con intervención de la Justicia Penal).

2-. Se procederá al secuestro de los vehículos que hayan sufrido alteraciones o modificaciones fuera de fábrica o las condiciones fácticas verificadas en la planta de verificación de la comisaría local o de las que se hayan especificadas en el Registro Nacional del Automotor (comprende defensas en la parte delantera, caños de escapes que no cumplan con los requisitos de VTV, en el caso de los motovehículos caños de escapes libres y que producen ruidos molestos). se especifica en este caso las más comunes. En el caso específico de los motovehículos para que se  les restituya el rodado deberá salir del lugar donde se haya secuestrado con caño de escape original de fábrica, quedando secuestrado el adulterado para su compactación. Independientemente de las infracciones de tránsito (ley 24449 y demás disposiciones legales vigentes) se labraran infracciones por art. 74 de la ley 8031 (código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires) con intervención del Juzgado de Paz o Correccional que corresponda.

3-. La persona que se resista hacer entrega del rodado en infraccióon será considerada dentro del delito Penal de Resistencia a la Autoridad, dándose intervención a la autoridad judicial en turno que corresponda, quedando alojado en calidad de aprehendido hasta tanto dicha autoridad le conceda la libertad.

4-. Por falta de seguro obligatorio del automotor (Motos y Automóviles) se procederá al secuestro del vehículo labrándose el acta de infracción correspondiente, siendo uno de los requisitos para la entrega hacer el seguro correspondiente.

Este comunicado tiene carácter de orientativo para evitar situaciones que terminen con vecinos del medio alojados en los calabozos por una simple infracción de tránsito, esto puede evitarse cumpliendo con los requisitos que por ley son obligatorios.

Un tránsito ordenado y sin accidentes se logra entre todos.

Samuel Luis Pierolivo

Comisario

Jefe de Policía Distrital

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