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  • 20.1º

TRES LOMAS

29 de diciembre de 2015

EL CONCEJO APROBO ORDENANZA PARA REGULAR ESTACIONAMIENTO DE CAMIONES DE CAUDALES FRENTE A ENTIDADES BANCARIAS

Los concejales aprobaron por unanimidad un Proyecto de Ordenanza que "autoriza el libre estacionamiento y exclusivo de camiones blindados de transporte de caudales frente a las entidades bancarias que funcionan en el distrito".
La medida se tomó exclusivamente en días hábiles y durante el horario establecido para el funcionamiento regular de las entidades.
El texto del proyecto aprobado se publica en el interior de la nota.

ORDENANZA 1128/15

 

Visto:

 

Las notas presentadas por el Sr. Hugo Moscovich, en su calidad de Gerente del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Tres Lomas, y el Sr. Omar D. Diribarne, en su calidad de Gerente del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal Tres Lomas, y;

 

Considerando:

 

Que mediante las mismas, ambas entidades financieras, solicitan se conceda la reserva de espacio para el estacionamiento libre y exclusivo de camiones blindados de caudales frente a las sucursal respectivas;

 

Que fundamentan su pedido en el cumplimiento de los artículos 5º y 12º del Decreto “R” Nº 2625/73 del Banco Central de la República Argentina, el cual establece “MEDIDAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD EN ENTIDADES FINANCIERAS”, donde específicamente regula el “Transporte de Dineros”, haciendo referencia a que se deberá gestionar ante las autoridades Municipales un lugar de estacionamiento libre y exclusivo para los camiones blindados de transporte de dinero frente a las mismas, solicitud requerida por el Banco Central de la República Argentina mediante Comunicación “C” 29695, debido al incremento del riesgo en la actividad de carga y descarga de dinero que realizan los vehículos blindados de trasporte de dinero, en las dependencias de los Bancos.

 

Que conforme lo establecido en el artículo Nº 27, inciso Nº 18 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, resulta facultad del Honorable Concejo Deliberante reglamentar sobre las reservas de espacio exclusivo solicitado.

 

Por ello

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1: Autorizase el estacionamiento libre y exclusivo de camiones blindados de transporte de caudales frente a las entidades bancarias que funcionan en nuestro distrito, exclusivamente en días hábiles y durante el horario establecido para el funcionamiento regular de las entidades;  

 

ARTÍCULO 2: La zona de estacionamiento libre y exclusivo para transportadores de caudales debe señalizarse horizontal y verticalmente. Horizontalmente, delimitando la zona con pintura amarillo vial y verticalmente con carteles que indiquen el área de estacionamiento exclusivo para camiones transportadores de caudales, los días y horarios, y el número de ordenanza correspondiente.

 

ARTÍCULO 3: De forma.-

 

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