Viernes 6 de Febrero de 2026

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5 de febrero de 2026

La ANMAT prohibió varios productos para el pelo y distintos perfumes

En esta oportunidad, el organismo retiró todos los artículos de cinco compañías del mercado por no estar inscriptas y representar, en consecuencia, un riesgo para la salud de sus usuarios

>Esta madrugada la Las sanciones a las compañías fueron oficializadas a través de la publicación de las disposiciones 227/2026, 228/2026, 230/2026, 232/2026 y 234/2026 en el Boletín Oficial. Asimismo, identificaron a las empresas sancionadas como “Shine Hair”, “Zentidos”, “Química C.E.A”, “Química El Regreso S. R. L.”, y “Mumytalooks”.

En el caso de Shine Hair, las autoridades anunciaron la prohibición de la distribución y comercialización en todo el país de los productos que contengan: biotina, las células madres vegetales, la crema ácida extra hidratación, el nutriplex hialurónico, la keratina líquida, el botox + biotina, el shampoo extra ácido, el shampoo “equishine” de argán y el acondicionador extra ácido de esta marca.

Tras señalar que esta línea de cosméticos se comercializaba en sitios web y en Mercado Libre, las autoridades alertaron por la posibilidad de que contuviera formol en su receta. Entre las consecuencias que podrían generar, enumeraron la posibilidad de sufrir “irritación, enrojecimiento, ardor, picazón de la piel y/o de los ojos, lagrimeo, irritación de la garganta, irritación de la nariz, tos, sensibilización del tracto respiratorio y alteraciones serias del mismo”.

Respecto a los perfumes artesanales y de autor creados por la marca Zentidos, las autoridades denunciaron que sus productos no estaban inscriptos y, por ende, no contaban con los datos identificatorios correspondientes, como, por ejemplo, el lugar de origen. Asimismo, indicaron que estos eran comercializados a través de Instagram y de portales de venta en línea con envíos.

En este sentido, las autoridades advirtieron que la falta de inscripción de los productos derivaba en un potencial riesgo, debido a que “no es posible conocer su eficacia, seguridad y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable”. Asimismo, tampoco se tendría certeza sobre la fecha de vencimiento de los componentes.

Mientras que la primera de ellas no contaba con una inscripción formal ante el organismo, la segunda fue señalada por comercializar un jabón líquido higienizante marca “Plus”, para el cual no contaban con habilitación para su producción. Incluso, resaltaron que el producto no se encontraba registrado.

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