Sábado 27 de Julio de 2024

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TRES LOMAS

1 de febrero de 2024

COMUNICADO DE LA UNIÓN VECINAL DE TRES LOMAS - DENUNCIAN MÁS ERRORES EN LA FACTURACIÓN DE LAS TASAS

Ante los importantes errores cometidos por el Departamento Ejecutivo Municipal en lo concerniente a la liquidación de la Tasa Urbana del año 2024, y como una manera de cumplir con nuestra tarea de acompañar a cada vecino de Tres Lomas e Ingeniero Thompson, en el día de la fecha y con la firma de...

...su presidente; Dr. José Cuñado, esta Unión Vecinal de Tres Lomas hizo llegar al Intendente Municipal la nota que a continuación publicamos.

Sr. Intendente Municipal
Dr. Luciano Spinolo
Municipalidad de Tres Lomas
         

De mi consideración: 

Desde nuestra Agrupación Política hemos advertido errores importantes en lo concerniente a la liquidación de la Tasa Urbana del año 2024. Al error “involuntario” ya corregido relacionado con el porcentual que debe descontarse a los terrenos en esquina, deben sumarse al menos dos  más, que pueden deberse a la inexperiencia que posee su gestión, para no caer en suponer que han sido efectuados “ex profeso”.

El primero de ellos es la fecha de vencimiento del plazo para abonar el monto total anual y en consecuencia hacerse acreedor del descuento pertinente y el segundo es la omisión del descuento a los terrenos que poseen contrafrente sobre otra calle.
Sabido es que la Ordenanza Impositiva anual debe apoyarse en la Ordenanza Fiscal vigente actualizando los montos y fijando pautas para determinarlos, pero no contradiciendo u omitiendo los principios generales fijados en esta.

La Ordenanza Impositiva fija como fecha de vencimiento para el pago Anual de la Tasa Urbana el 31 de marzo del año en curso y en los recibos emitidos por el municipio figura como fecha tope la del 22 de enero del corriente año. Respecto a  los lotes con contrafrente es clara la Ordenanza Fiscal al establecer que deben tener un descuento y si bien fue omitido, entendemos que involuntariamente, en la Ordenanza Impositiva 2024, debe hacerse lugar a lo legislado en la O. Fiscal por dos razones fundamentales como son la supremacía de esta con relación a la Impositiva, y sobre todo porque resulta más beneficioso al contribuyente. La omisión incurrida alterando el espíritu de la legislación base puede ser considerada falta grave, y consecuentemente acarrear sanciones tanto administrativas como judiciales.                                                                    
Nuestros Concejales del frente Justicialista Vecinal , ya hicieron saber  nuestra posición respecto de los montos y parámetros de actualización que han propuesto y presupuestado desde el oficialismo, votando en contra de los mismos, por lo que no es intención volver sobre ese tema. 

Creemos que, así como pasó respecto a los lotes en esquina, el Departamento Ejecutivo debe reconocer los errores en los que ha incurrido y aclarar a los contribuyentes la situación, accediendo al descuento correspondiente por pago anual hasta la fecha indicada en la Ordenanza Impositiva  y realizando la corrección de los montos en lo que respecta a los terrenos con contrafrente, devolviendo, en su caso, las sumas recaudadas indebidamente. En este último caso de acuerdo a lo aconsejado por el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia, la omisión debe corregirse mediante una nueva Ordenanza, entendiendo que ante la urgencia del caso podría llamarse a Sesiones Extraordinarias del H.C. Deliberante, para no caer en dilaciones que puedan perjudicar a los vecinos. 

Nuestra Agrupación Política hará pública estas observaciones ya que,  en el caso que el Municipio no subsane los referidos errores, asesorará a los vecinos que resulten  afectados sobre las vías administrativas y/o judiciales a las que pueden acceder para la solución de la cuestión.

Sin otro particular lo saluda atentamente


                                                                       JOSE OSCAR CUÑADO
                                                                                  Presidente

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